SANTO DOMINGO.-La Junta Central Electoral instruyó a la oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Yamasá y al director de la Oficina Central del Estado Civil "a emitir de inmediato el extracto del acta de nacimiento a Juliana Dequis Pierre, para dar cumplimiento a la sentencia TC/0168/13 del Tribunal Constitucional que manda a expedirle el documento a la señora, el cual el organismo electoral deberá someter al tribunal competente para que determine su validez o nulidad.
Durante una reunión este miércoles, el pleno de la JCE también dispuso remitir una comunicación a la Dirección General de Migración, institución que dará un permiso especial de estadía temporal en el país a Dequis Pierre hasta que, según la sentencia, el plan nacional de regularización de los extranjeros ilegales radicados en el país, previsto en el artículo 151 de la Ley de Migración núm. 285-04 determine las condiciones de regularización de este género de casos.
Dequis Pierre nació en el municipio de Yamasá, en abril de 1984, y es hija de dos braceros de nacionalidad haitiana.
La sentencia TC/0168/13 establece que "si bien (Dequis Pierre) nació en el territorio nacional, es hija de ciudadanos extranjeros en tránsito, lo cual la priva del derecho al otorgamiento de la nacionalidad dominicana, de acuerdo con la norma prescrita por el artículo 11.1 de la Constitución de la República promulgada el 29 de noviembre de 1966, vigente a la fecha de su nacimiento".
El dictamen del alto tribunal está actualmente en debate por la oposición de algunos sectores.
Juliana Dequis Pierre, de 28 años, dice que a pesar de que es hija de nacionales haitianos, nunca ha viajado a Haití. Tiene cuatro hijos, los cuales tampoco poseen documentos.
miércoles, 2 de octubre de 2013
JCE instruye a oficialía a emitir acta de nacimiento a la señora Dequis Pierre
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